Titulación
Entendemos que la obtención del título universitario es de la mayor importance tanto para los egresados como para la institución, por lo que si te encuentras en el proceso de titulación, aquí encontrarás algunas orientaciones que te serán de utilidad.
Modalidades de titulación
Tienes que elegir una modalidad por la cual te quieras titular. Podrás consultar el desglose de los criterios oficiales en el apartado del Reglamento al final de esta página.[cite: 1]
Guía de titulación de Ingeniería en Computación
Una vez que tengas claro por cuál modalidad te vas a titular, tienes que seguir la guía de titulación correspondiente.
Enlaces de Trámite
Reglamento de Titulación CUCEI
Consulta de lineamientos oficiales del dictamen No. CUCEI/CE-CN/001/2023
Capítulo I: De las disposiciones generales
Artículo 1. Tiene por objeto complementar las normas generales, establecidas en el Reglamento General de Titulación de la Universidad de Guadalajara, que regulan los procedimientos de evaluación aplicables en el Centro Universitario de Ciencias Exactas e Ingenierías que permitan a las y los egresados de licenciatura y de técnico superior universitario obtener su título correspondiente.[cite: 1]
Artículo 2. Definiciones:
- Acta de titulación: es el documento oficial que acredita que un egresado o egresada ha aprobado una modalidad de titulación.[cite: 1]
- Egresado o egresada: es quien ha completado el 100% de los créditos requeridos para cada una de las áreas de formación de un plan de estudios diseñados en el sistema de créditos, o que ha aprobado la totalidad de las materias obligatorias para los programas del sistema de planes de estudio rígidos.[cite: 1]
- Comité de Titulación: es la instancia académica-administrativa que se encarga, entre otras, de determinar los criterios para la evaluación y seguimiento del proceso de titulación de los estudiantes en cada una de las carreras del Centro Universitario, así como de nombrar al Jurado que evaluará el trabajo recepcional. El Coordinador de la Carrera es el presidente de este.[cite: 1]
- Jurado: es un group de por lo menos tres profesores designados por el Comité de Titulación ante los cuales el o la egresada presentará y defenderá un documento escrito acorde a alguna de las modalidades de titulación.[cite: 1]
- Deshonestidad académica / Plagio: Cualquier forma de comportamiento deshonesto o engañoso relacionado con el ámbito académico, o el acto de reproducir sustancialmente el contenido de una obra sin realizar la cita correspondiente, haciéndolo pasar como propio.[cite: 1]
Capítulo II: De las modalidades de titulación
Artículo 3. Opciones genéricas y específicas reconocidas:[cite: 1]
- I. Desempeño académico sobresaliente: a. Excelencia académica; b. Titulación por promedio.[cite: 1]
- II. Exámenes: a. Examen global teórico-práctico; b. Examen global teórico; c. Examen general de certificación profesional.[cite: 1]
- III. Producción de materiales educativos: a. Guías comentadas o ilustradas; b. Paquete didáctico.[cite: 1]
- IV. Investigación y estudios de posgrado: a. Curso o créditos de maestría o doctorado en Instituciones de Educación Superior de reconocido prestigio; b. Trabajo monográfico de actualización; c. Seminario de investigación; d. Diseño o rediseño de Equipo, Aparato o Maquinaria.[cite: 1]
- V. Tesis, tesina e Informes: a. Tesis; b. Tesina; c. Informe de prácticas profesionales.[cite: 1]
Lineamientos específicos destacados:
- Excelencia académica (Art. 4-I): Promedio global mínimo de 95, aprobando un máximo del 10% de las asignaturas en periodo extraordinario y sin recursar materias.[cite: 1]
- Titulación por promedio (Art. 4-II): Promedio global mínimo de 90, acreditando todas las asignaturas durante los periodos ordinarios de exámenes y sin que hayan sido recursadas.[cite: 1]
- Examen global teórico (Art. 5-II-b): Podrá acreditarse si el promedio global es de 80 o más y se realizó el Examen General de Egreso de Licenciatura (EGEL-CENEVAL) en el año previo con un puntaje en la sección disciplinar de entre 920 y 999 puntos.[cite: 1]
- Examen general de certificación profesional (Art. 5-III): Nivel de desempeño satisfactorio o sobresaliente en el EGEL del CENEVAL. Vigencia de un año después de la entrega de resultados.[cite: 1]
- Tesina (Art. 8-II): Escrito con extensión mínima de 45 cuartillas y un máximo de 60.[cite: 1]
- Informe de prácticas profesionales (Art. 8-III): Acreditar al menos dos años de práctica profesional.[cite: 1]
Capítulo III: De los requisitos de las modalidades titulación
Artículo 9. Modalidades sustentadas ante jurado: Guías comentadas o ilustradas; Paquete didáctico; Trabajo monográfico de actualización; Seminario de investigación; Diseño o rediseño de Equipo, Aparato o Maquinaria; Tesis; Tesina; Informe de prácticas profesionales.[cite: 1]
Artículo 10. Trabajos en equipo: El proyecto y documento correspondiente podrán desarrollarse por equipos de hasta tres egresadas o egresados de la misma o diferentes carreras impartidas en el Centro (con excepción de la modalidad de Informe de prácticas profesionales). La defensa se hará de manera colectiva ante el mismo jurado.[cite: 1]
Artículo 11. Tabla de conversión CENEVAL en la sección disciplinar:[cite: 1]
| Rango de puntajes del Indice CENEVAL | Calificación en el acta | Rango de puntajes del Indice CENEVAL | Calificación en el acta |
|---|---|---|---|
| 1150 - 1300 | 100 | 1065 - 1072 | 89 |
| 1142 - 1149 | 99 | 1057 - 1064 | 88 |
| 1135 - 1141 | 98 | 1050 - 1056 | 87 |
| 1128 - 1134 | 97 | 1043 - 1049 | 86 |
| 1121 - 1127 | 96 | 1036 - 1042 | 85 |
| 1113 - 1120 | 95 | 1029 - 1035 | 84 |
| 1105 - 1112 | 94 | 1022 - 1028 | 83 |
| 1104 - 1097 | 93 | 1021 - 1015 | 82 |
| 1089 - 1096 | 92 | 1008 - 1014 | 81 |
| 1081 - 1088 | 91 | 1000 - 1007 | 80 |
Capítulo IV: Del procedimiento para el registro y revisión de los trabajos recepcionales
Artículo 12-V: No será necesario generar y conservar una versión impresa del documento recepcional, pero sí será necesario presentar una versión digital final para que sea subida al Repositorio Institucional de la Universidad de Guadalajara para su acceso público.[cite: 1]
Artículo 14: Autorizada la modalidad del trabajo de titulación junto con la designación del director, el o la egresada tendrá un año para presentar el trabajo recepcional correspondiente; y se podrá extender una prórroga de hasta un año adicional por el correspondiente Comité de Titulación.[cite: 1]